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  • Foto del escritorGuillermo Varela Vallespi

Cómo funciona la protección gubernamental en Quebec

Actualizado: 10 oct 2021

En la entrega anterior comentaba la importancia de estar mínimamente familiarizados con el sistema de leyes y regulaciones que rigen la sociedad donde vivimos, lo cual a su vez consideraba el primer eslabón para poder construir un plan financiero eficaz.

Como regla, los sistemas de leyes gubernamentales son extensos y complejos. El de Quebec no es la excepción. Siguiendo la lógica de nuestra pirámide de seguridad financiera, hoy haremos un recorrido por los principales Programas de Protección que el gobierno de Quebec ofrece a los residentes de esta provincia. No es mi intención en esta entrega brindar una descripción detallada de cada uno de ellos. La idea es presentar estos programas que el gobierno ofrece desde una perspectiva particular, la del plan financiero familiar.

La primera característica que distingue a cualquiera de estos programas es su carácter obligatorio y universal. En otras palabras, todo residente de Quebec tiene la obligación de contribuir y a la vez el derecho a servirse de ellos. Como cualquier otro tipo de protección, estos programas contienen varias restricciones y se enmarcan dentro de ciertos límites.


Otra particularidad importante es el hecho de estar constantemente sujetos a modificaciones diversas. Dependiendo del gobierno de turno, pudiesen ocurrir cambios en las condiciones de admisibilidad, la cantidad a cotizar, así como el modo y el monto de la prestación. Puesto de otra menara, y he aquí un elemento esencial en el contexto del plan financiero familiar: las protecciones que el gobierno ofrece deben de ser consideradas con cautela dentro de una perspectiva de seguridad financiera a largo plazo, no solo porque representan únicamente una ayuda básica, sino también porque no existe ninguna garantía en cuanto a la perpetuidad e integridad de las mismas.

Es importante insistir en el hecho de que las protecciones que estos programas ofrecen están destinadas a cubrir necesidades de base. En otras palabras, y así lo asume la sociedad, es responsabilidad de cada ciudadano y de cada familia ser proactivos y buscar en el sector privado el complemento a estos resguardos gubernamentales, por jemplo: servirse de los diferentes seguros que protegen en caso de incapacidad, enfermedades graves y/o muerte, los cuales son ofertados por las compañías de seguro privadas, de tal manera que la familia pueda mantener el mismo nivel de vida sobrevenido un evento de esta naturaleza.

Dependiendo de nuestro trabajo pudiéramos contar además con ciertos beneficios colectivos, como la assurance invalidité collective y el seguro de vida colectivo, los cuales vendrían a disminuir en cierta medida el monto a cubrir por el sector privado. Sin embargo, conviene señalar que estos beneficios colectivos no están siempre disponibles y son esencialmente coyunturales, toda vez que están directamente vinculados a nuestra permanencia en el puesto de trabajo. Una pérdida del empleo puede implicar su suspensión inmediata, en la inmensa mayoría de los casos.

En resumen

En Quebec existen tres fuentes fundamentales de protección financiera: el gobierno, los beneficios colectivos, y el sector privado. Cada una tiene características y objetivos bien definidos. Así, y es este tal vez el mensaje principal: para que un plan financiero familiar sea efectivo, el mismo deberá construir sus cimientos sobre el complemento de cada una de estas tres fuentes.

A continuación les muestro una síntesis de los principales programas gubernamentales que brindan una protección de base a los residentes de la provincia de Quebec. En las próximas entregas abordaré cada uno de estos programas junto a sus características principales, así como los beneficios colectivos y las diferentes posibilidades que ofrece el sector privado.

Principales Programas de Protección Gubernamentales en Quebec

El Seguro de Empleo (Régime d’assurance-emploi)

El seguro de empleo, como su nombre lo indica, asegura una prestación al trabajador en el caso de una pérdida del empleo. Además de la prestación regular destinada a los trabajadores que dejan de percibir su salario debido a la pérdida del trabajo, el seguro de empleo prevé beneficios especiales en caso de enfermedad, accidente o cuarentena.

El Seguro Parental (Régime québecois d’assurance parental-RQAP-)

A partir del 1ro de enero de 2006, el Régime québécois d'assurance parentale (RQAP) es el programa provincial que reemplaza al programa federal de prestaciones de maternidad, así como las prestaciones parentales y de adopción, atribuidas a las madres y padres residentes en Quebec, la cuales antes de esta fecha estaban vinculadas al seguro de empleo federal.


Programa de Pensiones de Quebec (Régime de rentes du Québec -RRQ-)

El programa de pensiones de Quebec prevé una prestación de retiro, una prestación de viudez y una prestación de orfandad. Además, este programa prevé una prestación por incapacidad permanente.


Programa de salud y seguridad del trabajo de Quebec (Régime québecois de santé et sécurité du travail)

La Ley sobre los accidentes y enfermedades laborales permite a los trabajadores ser indemnizados en caso de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.


Seguro público automovilístico (Régime public d’assurance automovile du Québec)

Este programa tiene como objetivo ofrecer una protección a los usuarios de la vía pública-los conductores, los pasajeros, los motociclistas, los ciclistas, los peatones y otros usuarios en general- que sean victimas de daños corporales causados por un accidente automovilístico. El programa prevé una indemnización a las personas accidentadas, sean o no consideradas estas responsables del accidente.


Seguro público de salud (Régime public d’assurance maladie du Québec-RAMQ-)

El seguro público de medicamentos tiene por objetivo cubrir a las personas que no son admisibles a un programa privado de seguro colectivo, a las personas de 65 años o más, así como a prestatarios de una ayuda financiera de último recurso y a otros detentores de un carnet de reclamación. Los hijos menores de edad de las personas inscritas al seguro público estarían también cubiertos por este último.


 

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Recuerda: no dejes para mañana lo que debiste hacer ayer hacer ayer.

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